Jorge Gonzáles Rodríguez and Juan Carlos Armengol Manzo

21 de diciembre de 2011

LA PRIMERA NAVIDAD

Lectura del Santo Evangelio según san Lucas 2, 1-20.

Por aquellos días salió un decreto del emperador Augusto, por el que se debía proceder a un censo en todo el imperio. Este fue el primer censo, siendo Quirino gobernador de Siria. Todos, pues, empezaron a moverse para ser registrados cada uno en su ciudad natal. José también, que estaba en Galilea, en la ciudad de Nazaret, subió a Judea, a la ciudad de David, llamada Belén, porque era descendiente de David; allí se inscribió con María, su esposa, que estaba embarazada. Mientras estaban en Belén, llegó para María el momento del parto, y dio a luz a su hijo primogénito. Lo envolvió en pañales y lo acostó en un pesebre, pues no había lugar para ellos en la sala principal de la casa.

En la región había pastores que vivían en el campo y que por la noche se turnaban para cuidar sus rebaños. Se les apareció un ángel del Señor, y la gloria del Señor los rodeó de claridad. Y quedaron muy asustados. Pero el ángel les dijo: «No tengan miedo, pues yo vengo a comunicarles una buena noticia, que será motivo de mucha alegría para todo el pueblo. Hoy, en la ciudad de David, ha nacido para ustedes un Salvador, que es el Mesías y el Señor. Miren cómo lo reconocerán: hallarán a un niño recién nacido, envuelto en pañales y acostado en un pesebre.»  De pronto una multitud de seres celestiales aparecieron junto al ángel, y alababan a Dios con estas palabras:

«Gloria a Dios en lo más alto del cielo y en la tierra paz a los hombres: ésta es la hora de su gracia.»

Después de que los ángeles se volvieron al cielo, los pastores se dijeron unos a otros: «Vayamos, pues, hasta Belén y veamos lo que ha sucedido y que el Señor nos ha dado a conocer.» Fueron apresuradamente y hallaron a María y a José con el recién nacido acostado en el pesebre. Entonces contaron lo que los ángeles les habían dicho del niño. Todos los que escucharon a los pastores quedaron maravillados de lo que decían. María, por su parte, guardaba todos estos acontecimientos y los volvía a meditar en su interior. Después los pastores regresaron alabando y glorificando a Dios por todo lo que habían visto y oído, tal como los ángeles se lo habían anunciado.

Palabra del Señor. Gloria a ti, Señor Jesús.

LA NAVIDAD HOY

-         Con tus hijos y nietos y demás familiares prepara un arbolito y un nacimiento.

-         Cena con toda la familia el 24 leyendo el texto bíblico de la primera Navidad.

-         Comparte tu comida con un necesitado.

-         Envía una tarjeta de Navidad a un familiar o amigo.

-         Regala un almanaque católico a una persona querida.

-         Participa en la misa del gallo con tu familia.

-         Visita los nacimientos de las iglesias con los más pequeños de la casa.

-         Da regalos de Reyes Magos a los niños el 6 de enero.

-         En la cena de fin de año da gracias a Dios delante de tu familia y pide bendiciones para el nuevo año.

 

FELIZ NAVIDAD Y PRÓSPERO AÑO NUEVO

FELIZ NAVIDAD

 

 

“Gloria a Dios en lo más alto del cielo y en la tierra paz a los hombres: ésta es la hora de su gracia”.

 

                                         Lucas 2, 14   (BLA)

 

 

 

 

Esta es la hora de Dios; este es el tiempo de jubileo de la Virgen y de la diócesis, este es Kairós con el peregrino de la Caridad: El Papa Benedicto.

Escuchemos todos tantas voces de los ángeles que Dios nos envía.

 

                                                                                                                             + Juan, arz.cam.

 

28 de noviembre de 2011

100 AÑOS DE DOS DIÓCESIS EN CUBA

BREVE DE CREACIÓN DE LAS DIOCESIS DE CAMAGÜEY Y DE MATANZAS

Pius Episcopus, Servus Servorum Dei, ad perpetuam rei memorian.

Quae catholicae religioni tuendae, provehendae atque disciplinae ecclesiasticae ordinandae in Cubana insula expedire in Domino visa sunt haud intermissa sollicitudine praestiterunt Romani Pontifices, inter quos f.r. Leo Papa Decimus tertius, Praedessor Noster apostolica constitutione –Actum Praeclare– die vigesima mensis Februari anno Domini Millessimo nongentessimo tertio data.

Praedecessorum Nostrorum vestigia prosequentes jam plurima erga Cubanos egimus, et etiam nunc cum rescivissemus fines dioecesum S. Jacobi de Cuba et S. Christophori de Habana tam late protendi simulque catholicorum numerum ita augeri, ut utrique Episcopo canonica earumdem Sedium lustratio perdifficilis evaserit Antistites multiplicare per eas regiones censuimus.

Quapropter, Nos de consulto Venerabilium Fratrum Nostrorum S.R.E. Cardinalium Sacrae Congregationis Consistorialis deque consensu utriusque Episcopi hac de re interesse habentis, suppleto etiam quatenus oportuerit quórum intersit, vel su(o) interesse praesumant adsensu, apostolicae potestatis vi decernimus ut diocesibus S Jacobi de Cuba et S. Christophori de Habana ex ipsis distrahendae, duae novae addantur episcopales sedes id est Camagüeyensis et Matanzensis denominandae, quas idcirco perpetuum in modum erigimus et instituimus.

Quamque praeterea ex hisc noviter erectis diocesibus Nos iis circunscriptam esse volumus limitibus, quibuseiusdem nominis provincia civilis de Camagüey et de Matanzas in praesens continetur. Item civitates príncipes de Camagüey et de Matanzas constituimus in residentiam novorum Antistitum Camagüeyensis et Matanzensis, atque ibídem extantes Parochiales Ecclesias, quarum altera Mayor nuncupata sub Titulo Beatae mariae Virginis de Candelaria,  altera vero in honorem Sancti Caroli Deo Omnipotenti dicata, ad Cathedralium gradum perpetuo evehimus atque extollimus. Has duas novissimas dioceses earumque Praesules Camagueyensem et Matanzencem quemadmodum et alias jam constitutas Sedes et antiquos Antistites, sedi principi insulae Cubanae eiusque Archiepiscopo pro tempore existenti S. Jacobi de Cuba obnoxias seu suffraganeas esse decernimus, reservata tamen Nobis et apostolicae Sedi facultate libere novam ineundi dioecesum ipsius ecclesiasticae provinciae circumscriptionem, quum id expediré visum fuerit.

Quod vero attinet ad novarum dioecesum Camegueyensis et Matanzencis régimen atque administrationem, ad earumdem Capituli  Cathedralis et Seminarii institutionem ac dotationem, ad ipsorum Episcoporum potestatem, autoritatem, attributiones, officia, jura et munia ad clericorum fideliumque jura et onera aliaque huiusmodi, Nos servanda jubemus, quae hae de re sacri Canones imprimisque Concilium Tridentinum praescribunt, sartis lectis iis quae in Concilio plenario Americae Latinae, necnon in memorata apostolica Constitutione "Actum Praeclare" statuta habentur.

Volumus pariter ut parochiales ecclesiae B.M.V. de Candelaria et S. Caroli ad dignitatem Chatedralium modo evectae, earumque Antistites iisdem fruantur honoribus, insignibus, favoribus, indultis, gratiis, privilegiis et juribus, quibus ex jure communi et ex legitima consuetudine ceterae catedrales Ecclesiae aerumque Presules potiuntur et gaudent.

Quo praeterea novarum dioecesum Episcopi suae dignitatis decori tueri, clericorum sustentationi consulere, divini cultus expensis aliisque dioecesanis necesitatibus acurrere queant, ad Sacrorum Canonum praescripta et ad memorati Concilii Plenarii Americani decreta provideant et jus Chatedralium statuant, addita etiam certa pecuniae vi ab hac Apostolica sede seorsim decernenda. Ad consulendum autem rectae administrationi harum dioecesum manda ut acta, documenta et jura omnia quae ipsas dioeceses earumque fideles respiciunt, ex archivis antiquarum dioecesum S. Jacobi de Cuba et S. Christopheri de Habana, quum primum fieri poterit, extrahantur eaque transferantur ad archivia novarum dioecesum ibidem religiose asservanda.

Et quia extat in Urbe Seminarium Pium Latinum Americanum, in quo clerici fere sub oculi Romanorum Pontificum, philosophicis, sacrisque disciplinis instituuntur, volumus ut, sicut ceteris Americae meridionalis atque centralis dioecesibus, ita etiam ex  unaquaque ex modo erectis dioecesibus Camagueyensi et Matanzansi aerumque sumptibus alendi, ubi primum fieri poterit, duo saltem huc mittantur non intermissa vice delecti adolescentes pietate simul ac ingenio praestantes, qui religionis scientiam in ipso veritatis centro acquisitam cum suis deinde civibus comunicari utiliter possint.

Ut autem stabilius et horum clericorum sustentationi et ipsius Collegii Pii Latini Americani de Urbe dotationi provideatur, exoptamus ut cura utriusque novae dioecesis earumque Episcoporum, quum primum fieri poterit, tot conferantur bona quod requiruntur, ut ex eorum reditibus duo memorati alumni aut modo saltem unus sustentari queant.

Praesentes autem Litteras et in eis contenta quaecumque, nullo umquam tempore ex quocumque capite, vel defectu, aut quavis ex causa quamtumvis juridica, legitima, pia et privilegiata, etiam ex eo quod causae propter quas praemissa emanarunt, adductae, verificatae, seu justificatae non fuerint, de subreptionis aut obreptionis, vel nullitatis, aut invaliditatis vitio, seu intentionis Nostrae, aut quopiam alio substantiali, substantialissimo, inexcogitato et inexcogitabili ac specialem et individuam mentionem et expresionem requirente defectu, seu etiam ex eo quod in praemissis eorumque aliquo, solemnitates et quaevis alia servanda et adimplenda, servata et adimpleta non fuerint, aut ex quocumque alio capite, colore, vel praetextu aliave ratione, vel causa, etiam tali quae ad efectum validitatis earumdem praesentium necessario forent exprimenda, notari, impugnari, invalidari, retractari, in jus, aut controversiam vocari aut ad viam et terminos juris reduci, seu adversus illum, et illos quodcumque juris vel facti, aut gratiae vel justitiae, remedium impetrari, vel etiam Motu, scienctia et potestatis plenitudine paribus concesso et impetrato quempiam uti, seu juvari posse in judicio et extra illud atque eas sub quibusvis similium, vel dissimilium gratiarum revocationibus, suspensionibus, limitationibus, derogationibus, aut aliis contrariis dispositionibus per quascumque Litteras et Constitutiones Apostolicas aut Cancellariae Apostolicae Regulas, etiam Consistorialiter ex quibusvis causis et sub quibusvis verborum expresionibus tenoribus et Normis (etiamsi in eis de iisdem partibus earumque toto tenore ac data specialis mentio fiat) quandocumque editas, vel edendas, minime comprehendi, vel comprehensas ullo modo censeri, sed semper ab illis excipi et quoties illae emanabunt, toties in pristinum et validissimum statum restitutas, repositas et plenarie reintegratas,

ac de novo etiam, sub quacumque posteriori data, quandocumque eligenda, concessas esse et fore, suosque plenarios et integros effectus sortiri et obtinere, et ita ab omnibus censeri, ac firmiter et inviolabiliter observari, sicque et non alius per quascumque judices ordinarios vel delegatos,

quavis auctoritate fungentes vel dignitate fulgentes, etiam causarum Palatii Apostolici Auditores ac S.R.E. Cardinales, etiam de Latere Legatos, Vice-Legatos, dictaeque Sedis Nuntios sublata eis et eorum cuilibet aliter judicandi et interpretandi potestate ac facultate judicari et definiri debere ac irritum quoque et inane decernimus, si secus super his a quoquam quavis auctoritate scienter aut ignoranter contingerit attentari.

Ad haec autem exequenda deputamus Venerabilem Fratrem Franciscum Barnada et Aguilar, Archiepiscopum Sancti Jacobi de Cuba, ei tribuentes necessarias et opportunas facultates, etiam subdelegandi, ad effectum de quo agitur.

Venerabilem etiam Fratrem hodierum Episcopum S. Christophori de Habana, vel quemlibet alium, in ecclesiastica tamem dignitate constitutum ac definitive pronuntiandi super quavis difficultate, vel oppositione in executionis actu oritura, facto praeterea eidem onere ad Sacram Congregationem Consistorialem intra sex menses, mittendi authenticum executionis peractae exemplar.

Non obstantibus (quatenus opus sit) Nostra et Cancellariae Apostolicae Regula –de jure quaesito non tollendo– ac Lateranensis Concilii novissime celebrati dismembrationes perpetuas nisi in casibus a jure permissis fieri prohibentis, aliisque etiam in Synodalibus, provincialibus, generalibus, universalibusque Conciliis editis, vel edendis, ac specialibus vel generalibus Constitutionibus et Ordinationibus Apostolicis privilegiis quoque indultis ac Litteris Apostolicis quibusvis superioribus et personis in genere, vel in specie, aut alias in contrarium praemissorum quomodolibet forsam concessis, approbatis, confirmatis et innovatis, quibus omnibus et singulis etiamsi pro eorum sufficienti derogatione de illis eorumque totis tenoribus , specialis, specifica, expressa et individua non autem per clausulas generales idem importantes mentio, aut quaevis alia expresio habenda aut aliqua alia exquisita forma servanda fore, tenores huiusmodi ac si de verbo ad verbum, nihil poenitus omisso et forma in illis tradita et observata inserti forent, eisdem presentibus pro plene et sufficienter expressis habentes (illis alias in suo robore permansuris) latissime et plenissime et specialiter ac expresse ad effectum praesentium et validitatis Omnium et Singulorum praemissorum pro hac vice dumtaxat. Motu scientia et potestatis plenitudine paribus harum quoque serie derogamus ceterisque  contrariis quibuscumque.

Volumus autem, quod praesentium Litterarum transumptis, etiam impressis, manu tamem alicuius Notarii publici subscriptis et sigillo alicuius personae in ecclesiastica dignitate constitutae munitis, adhibeatur in judicio et extra illud eadem prorsus fides, quae eisdem praesentibus adhibentur si originaliter forent exhibitae vel ostensae.

Nulli ergo omnino hominum liceat hanc paginam Nostrae dismembrationis, ereditionis decreti, commisionis, mandatis, derogationis et voluntatis infringere, vel ei ausu temerario contraire, si quis autem hoc attentare praesunserit indignationem Omnipotentis Dei ac Beatorum Petri et Pauli Apostolorum Eius se noverit incursurum.

Datum Romae apud Sanctum Petrum anno Domini Millesimo Nongentesimo Decimo Secundo, die decima mensis Decembris, Pontificatus Nostri anno décimo. P.P.

A Cardinalis Agliardi, S.R.E. Cancellarius.

Raphael Virili Protonotarius Apostolicus.

Ludovicus Schüller Prot. Apticus.

Paulus Pericoli, Cancriae Aplicae. Admtor a studiis.

Expedita die vigesima quarta mensis Januarii anno decimo.

Alfridus Marini, Plumbator.

P. Manzia, Scriptor Aplicus.

Concordat cum suo originali.

Sancti Jacobi de Cuba, die 20 Novembris 1914.

Sac. Ernestus Filippi

A Secretis Delegationis Apostolicae

Administrator Apticus Sancti Jacobi.

Pío Obispo, Siervo de los Siervos de Dios,

para perpetua memoria

Lo que al cuidado y progreso de la religión católica y ordenamiento de la disciplina eclesiástica en la isla de Cuba pareció bien atender en el Señor, lo hicieron con nunca interrumpida preocupación los Romanos Pontífices, entre ellos el Papa León XIII, de feliz recordación, nuestro predecesor, en su constitución apostólica  "Actum praeclare", de fecha Veinte de Febrero del Año del Señor de Mil Novecientos Tres.

Siguiendo las huellas de nuestros predecesores, ya llevamos adelante muchas medidas relacionadas con los cubanos, y también ahora cuando determinamos multiplicar los Obispos para esas regiones, separando los límites de las diócesis de Santiago de Cuba y de San Cristóbal de La Habana, tan extensos, al tiempo que el número tan aumentado de los católicos, que hacen muy difícil a sus Obispos la visita de sus Sedes.

Por lo cual Nos, consultada la Sagrada Congregación Consistorial de nuestros Venerables Hermanos Cardenales de la Santa Romana Iglesia y con el consenso de ambos obispos afectados en este asunto, atendidas también cuantas cuestiones fueran interpuestas por ellos o por aquellos de los que se presuma interés, en virtud de la potestad apostólica determinamos que, separándolas de las Diócesis de Santiago de Cuba y de San Cristóbal de la Habana,  se añadan dos nuevas sedes episcopales, denominadas a saber Camaguëyense y Matanzense, las cuales a perpetuidad erigimos e instituimos.

Aunque separadas de ellas, las diócesis ahora erigidas Nos deseamos estén circunscritas a los límites dentro de los cuales hoy se encuentran las provincias civiles de los mismos nombres de Camagüey y Matanzas. Así mismo constituimos las ciudades capitales de Camagüey y de Matanzas como residencia de los nuevos Obispos Camaguëyense y Matanzense, y a las allí ya existentes Iglesias Parroquiales, de las cuales una es iglesia mayor llamada con el título de la Bienaventurada Virgen María de la Candelaria y la otra dedicada a Dios Omnipotente en honor de San Carlos, las llevamos y elevamos a perpetuidad al grado de Catedrales. A estas dos novísimas diócesis y a sus Ordinarios Camaguëyense y Matanzense, al modo de las ya constituidas sedes y antiguos Obispos, los nombramos sujetos o sufragáneos de la sede principal de la isla cubana y de su Arzobispo, existente desde antiguo de Santiago de Cuba, reservada con todo a Nos y a la Sede Apostólica la facultad de iniciar libremente nuevas circunscripciones de diócesis de la misma provincia eclesiástica, cuando pareciera conveniente.

En lo que se refiere al régimen y administración de las nuevas Diócesis Camaguëyense y Matanzense, a la institución y dotación de sus Capítulos Catedralicios y Seminarios, a la potestad, autoridad, atribuciones, oficios, derechos y funciones de sus Obispos, a los derechos y obligaciones de los clérigos y de los fieles y otras cosas de este orden, Nos consideramos que se debe observar cuanto al respecto prescriben en primer lugar los sagrados cánones del Concilio Tridentino, bien atendido cuanto está establecido en el Concilio Plenario de América Latina así como en la recordada Constitución Apostólica "Actum praeclare".

Deseamos igualmente que las iglesias parroquiales de la B.M.V. de la Candelaria y de San Carlos, promovidas ahora a la dignidad de catedrales, y sus respectivos Obispos gocen de los mismos honores, insignias, favores, indultos, gracias, privilegios y derechos de los que por derecho común y consuetudinario las demás catedrales de la Iglesia y sus Obispos se benefician y gozan.

Además de esto, los Obispos de las nuevas diócesis estén atentos a cuidar del decoro de su dignidad, a ocuparse del sustento de los clérigos, a atender los gastos de culto divino y demás necesidades diocesanas, de acuerdo con lo prescrito en los Sagrados Cánones y en los decretos del recordado Concilio Plenario Americano y establezcan el derecho de las Catedrales incluida también una cierta ayuda económica a determinar separadamente por esta Sede Apostólica.  Para atender, en cambio, a la recta administración de las tareas de estas diócesis las actas, documentos y derechos todos que tienen que ver con las dichas diócesis y sus fieles, cuanto antes pueda hacerse, se extraigan de los archivos de las antiguas diócesis de Santiago de Cuba y de San Cristóbal de la Habana y se transfieran a los archivos de las nuevas diócesis y allí religiosamente se cuiden.

Y porque destaca en Roma el Seminario Pio Latino Americano, en el cual los clérigos, casi bajo los ojos de los Romanos Pontífices, se forman en las disciplinas filosóficas y teológicas, queremos que, como de las demás diócesis de América meridional y central, así también de las dos diócesis Camagüeyana y Matanzense ahora creadas, (y a sus costas?), lo antes posible sean a ésta enviados sin interrupción jóvenes selectos que destaquen tanto por su piedad como por su ingenio, los cuales, una vez adquirida la ciencia de la religión en ese mismo centro de verdad, puedan con provecho comunicarla con sus conciudadanos.

Para que con más estabilidad se provea a la dotación tanto del sustento de estos clérigos como del propio Colegio Pio Latino Americano de Roma, vivamente deseamos que bajo el cuidado de ambas nuevas diócesis y de sus Obispos, lo antes posible, se transfieran tantos bienes cuantos se requieran para que de sus rentas puedan sustentarse los dos mencionados alumnos o al menos uno.

Decretamos que el presente escrito y cualquier cosa de su contenido, en ningún tiempo por cualquier capítulo o defecto o por cualquier otra causa, incluso jurídica, legítima, piadosa o de privilegio, y aun porque las causas de las que se deducen en sus presupuestos no hayan sido aducidas, verificadas, o justificadas, sea calificado, impugnado, invalidado, retractado, reclamado en derecho o en controversia, o conducido a la vía y terreno judicial, por vicio de subrepción u obrepción, o nulidad, o vicio de invalidez, o de defecto de Nuestra intención, o cualquier otro defecto sustancial o muy sustancial, no pensado ni pensable, que requiera especial e individual mención y expresión; o también porque en sus presupuestos algunas solemnidades o cualquier otro requisito que deba ser cumplido y observado, no haya sido cumplido y observado, o por cualquier otro capítulo, color o pretexto, u otra razón o causa, incluso una que fuera necesario expresarla para el efecto de la validez del escrito o impetrar contra él cualquier remedio de derecho o de hecho, o de gracia o justicia o que alguien pueda usar o ayudarse de un Motu {propio}, ciencia y plena potestad concedido o impetrado por las partes en un juicio o fuera de él, que de ningún modo se juzgue está comprendido o fue comprendido por cualesquiera semejantes o desemejantes revocaciones, suspensiones, limitaciones, derogaciones de gracias, o por otras disposiciones contrarias, por cualesquiera Letras y Constituciones apostólicas o Reglas de la Cancillería Apostólica por cualesquiera causas y por cualesquiera expresiones y tenores de palabras y Normas (aunque en ellas se haga especial mención de las partes mismas y con todo tenor y detalle de ellas) que de cualquier modo se editen o se vayan a editar, sino que siempre se juzgue que son excepción de ellas, y cuantas veces se den esas normas, otras tantas se han tener y tendrán por restituidas, repuestas y plenamente reintegradas,

y de nuevo concedidas o por conceder en cualquier fecha posterior, cuando se elija, y así alcancen y obtengan sus efectos plenarios e íntegros, y así lo deben juzgar todos, y observarlo con firmeza e inviolablemente y de este modo y no de otro lo deben juzgar y determinar cualesquiera jueces ordinarios o delegados,

que gocen de cualquier autoridad o, destacada dignidad, incluso auditores de la de las causas del Palacio Apostólico y Cardenales de la Sagrada Iglesia Romana, también los Legados "de Latere", vicedelegados y Nuncios de dicha Sede, a quienes se les sustrae, a cualquiera de ellos, la potestad y facultad de juzgar e interpretar, y decretamos sin valor ni fuerza, si sucediere que alguien, de cualquier autoridad, atentase conscientemente o por ignorancia algo distinto en este asunto.

Para la ejecución de todo esto designamos al Venerable Hermano Francisco Barnada y Aguilar, Arzobispo de Santiago de Cuba, dándole las necesarias y oportunas facultades, incluida la de subdelegar, al efecto pretendido.

También al Venerable Hermano hoy Obispo de San Cristóbal de la Habana, o a cualquier otro, pero constituido en dignidad eclesiástica y de pronunciamiento definitivo sobre cualquier dificultad u oposición que pudiera surgir en la ejecución de acto, encargándole además que envíe a la Sagrada Congregación Consistorial, dentro del plazo de seis meses, un ejemplar autenticado de lo ejecutado.

No obstantes (en cuanto sea de utilidad) las Normas Nuestras y de la Cancillería Apostólica –de no quitar un derecho adquirido− y las desmembraciones perpetuas del Concilio Lateranense recientemente celebrado, a no ser en casos permitidos prohibidos por el derecho, y otros editados o por editarse en Concilios Sinodales, provinciales, generales y universales, y de otros privilegios e indultos tal vez concedidos, aprobados, confirmados e innovados en específicas o generales Constituciones y Ordenaciones Apostólicas y Cartas Apostólicas a cualesquiera superiores o personas en general, o en particular, u otras en contrario de los mencionados de algún modo, a los cuales todos y cada uno aun cuando para la suficiente derogación de los mismos y de todos los tenores, especial, específica, expresa e individual no por cláusulas generales igualmente importantes mención, o cualquier otra expresión haya que tener o alguna otra forma especial hubiese que guardar, tenores del tipo de palabra a palabra, nada omitido y con la forma en ellos dada y observada insertos fueran, y ellos mismos presentes tenidos por plena y suficientemente expresados (los que han de permanecer en su vigor) amplia y plenamente y especialmente y de forma expresa al efecto de las presentes y de la validez de Todos y Cada Uno de los presupuestos por esta vez solamente. Por decisión propia, conocimiento cierto y plenitud de potestad derogamos igualmente  cualesquiera semejantes a estas y otras contrarias.

Deseamos que a los ejemplares de estas Letras, aunque impresos, pero firmados por mano de algún Notario público, y provistos del sello de alguna persona constituida en dignidad eclesiástica, se les dé en juicio y fuera de él la misma fe que se daría a las presentes si fueran exhibidas o mostradas en sus originales.

A ninguna persona en absoluto le sea permitido infringir esta página de Nuestra desmembración, decreto de eredición, comisión, mandato, derogación y voluntad, ni con osadía temeraria contrariarla. Si alguien presumiere atentar contra esto, sepa que incurriría en la indignación de Dios Omnipotente y de sus Santos Pedro y Pablo Apóstoles.

Dado en Roma junto a San Pedro, el año del Señor de Mil Novecientos Doce, a los Diez días del mes de Diciembre, en el año Décimo de Nuestro Pontificado. P.P.

A.   Cardenal Agliardi, Canciller de la Santa Romana Iglesia.

Rafael Virili, Protonotario Apostólico.

Luis Schüller, Prot. Apticus.

Pablo Pericoli, Cancriae Aplicae. Admtor a studiis.

Expedida el día veinticuatro de Enero del Año Décimo.

Alfredo Marini, Plumbator

P. Manzia, Escribano Apostólico.

 

Concuerda con su original

Santiago de Cuba, dia 20 de noviembre de 1914.

Sac. Ernesto Filippi

Secretario de la Delegación Apostólica

Administrador Apostólico de Santiago

 

Traducción: P. Emilio Veza Iglesias, sj

 

17 de noviembre de 2011

Oración 100 años diócesis de Camagüey

1912 - RECEMOS – 2012

 

 

Dios Padre Bueno, que creaste a los camagüeyanos a imagen y semejanza tuya por amor y para amar, muéstrate como lo que eres, Papito misericordioso, lento a la ira y rico en clemencia y logra que tus hijos lleven a feliz término lo que quisiste cuando en tu providencia amorosa determinaste instituir la diócesis de Camagüey y así podamos vivir aquí felices, dichosos y bienaventurados mientras nos encaminamos hacia la plenitud de tu paz en tu casa del cielo. Perdona nuestros pecados, negligencias y omisiones que han retardado la felicidad de tu reino en esta tierra bendita.

 

Señor Jesucristo, gracias por enviar a tu querida diócesis de Camagüey obispos, sacerdotes, diáconos, hermanos, monjas, misioneros, catequistas y servidores caritativos. Gracias por enviarnos a Benedicto XVI, sucesor de Pedro, pastor universal y ahora peregrino ante la Virgen de la Caridad. Envíanos tu Espíritu para comprender el mensaje del Papa que Él nos anunciará en nombre tuyo. Cumple ahora tu promesa de estar junto a tu santa iglesia para continuar la evangelización y multiplicar los frutos maravillosos de estos cien años.

 

Señor Espíritu Santo, inspira a muchos jóvenes decir sí al seguimiento de Cristo en el sacerdocio y la vida religiosa. No dejes a nuestros hijos y nietos sin la gracia de tus siete sacramentos.

 

Santa María, Madre de la luz y la caridad, mira a esta diócesis de 100 años, protégela, ampárala y ruega para que la luz de Cristo llegue a todas las ciudades, pueblos y bateyes y la caridad entre hermanos sea nuestro distintivo y nos haga cada vez más legendarios.  Regálanos esta bendición en la celebración jubilosa de estos cien años y en la gran fiesta de los 400 años de tu hallazgo y presencia entre nosotros.

 

San Antonio María Claret, Beatos José Olallo Valdés, José López Piteira, Ciriaco María Sancha, José María Celaya Badiola, Dionisio Ullivarri, José Calasanz, Eusebio del niño Jesús y Juan Pablo II, que bendijeron, con su presencia santa, la Iglesia y el pueblo camagüeyano, rueguen por nosotros para que, imitándolos, hagamos de esta tierra la más hermosa por la fe, la esperanza y la caridad hasta que nos encontremos con ustedes y nuestros difuntos en las fiestas de la eterna luz donde viven con El Padre, El Hijo, El Espíritu Santo y la Virgen de la Caridad. Amén.

 

14 de noviembre de 2011

ORACIÓN 100 AÑOS DIOCESIS DE CAMAGUEY

1912 - RECEMOS - 2012

 

Dios Padre Bueno, que creaste a los camagüeyanos a imagen y semejanza tuya por amor y para amar, muéstrate como lo que eres, Papito misericordioso, lento a la ira y rico en clemencia y logra que tus hijos lleven a feliz término lo que quisiste cuando en tu providencia amorosa determinaste instituir la diócesis de Camagüey y así podamos vivir aquí felices, dichosos y bienaventurados mientras nos encaminamos hacia la plenitud de tu paz en tu casa del cielo. Perdona nuestros pecados, negligencias y omisiones que han retardado la felicidad de tu reino en esta tierra bendita.

Señor Jesucristo, gracias por enviar a tu querida diócesis de Camagüey obispos, sacerdotes, diáconos, hermanos, monjas, misioneros, catequistas y servidores caritativos. Cumple ahora tu promesa de estar junto a tu santa iglesia para continuar la evangelización y multiplicar los frutos maravillosos de estos cien años.

Señor Espíritu Santo, inspira a muchos jóvenes decir sí al seguimiento de Cristo en el sacerdocio y la vida religiosa. No dejes a nuestros hijos y nietos sin la gracia de tus siete sacramentos.

Santa María, Madre de la luz y la caridad, mira a esta diócesis de 100 años, protégela, ampárala y ruega para que la luz de Cristo llegue a todas las ciudades, pueblos y bateyes y la caridad entre hermanos sea nuestro distintivo y nos haga cada vez más legendarios.  Regálanos esta bendición en la celebración jubilosa de estos cien años y en la gran fiesta de los 400 años de tu hallazgo y presencia entre nosotros.

San Antonio María Claret, Beatos José Olallo Valdés, José López Piteira, Ciriaco María Sancha, José María Celaya Badiola, Dionisio Ullivarri, José Calasanz, Eusebio del niño Jesús y Juan Pablo II, que bendijeron con su presencia santa la Iglesia y el pueblo camagüeyano, rueguen por nosotros para que, imitándolos, hagamos de esta tierra la más hermosa por la fe, la esperanza y la caridad hasta que nos encontremos con ustedes y nuestros difuntos en las fiestas de la eterna luz donde viven con El Padre, El Hijo, El Espíritu Santo y la Virgen de la Caridad. Amén.

29 de octubre de 2011

Concurso - diócesis de Camagüey

100 PREGUNTAS = 100 RESPUESTAS = 100 SORPRESAS

 

1-     Fecha del anuncio de la creación de la diócesis de Camagüey.

2-     ¿Qué otra diócesis fue creada en esa misma fecha?

3-     ¿Qué Papa firmó el documento?

4-     ¿Qué sabe usted de ese Papa?

5-     ¿Qué Papa estuvo en Camagüey? ¿En qué fecha? ¿En qué lugar?

6-     ¿Qué palabras dichas en Camagüey te tocó el corazón?

7-     Cuéntanos de este Papa.

8-     Cite un texto bíblico sobre el papado.

9-     ¿Quién es la patrona de Camagüey?

10- Cite un texto bíblico referente a la patrona.

11- ¿Quién es el copatrono de la diócesis de Camagüey?

12- ¿Quién es el patrono o patrona de su Comunidad? Hable de él o ella.

13- ¿Quién fue el primer obispo de Camagüey? ¿Cuál es el lema de su escudo?

14- ¿Qué sabe usted de este obispo?

15- ¿Quién fue el segundo obispo de Camagüey? ¿Cuál es el lema de su escudo?

16- ¿Qué sabe usted de este obispo?

17- ¿Quién fue el tercer obispo de Camagüey? ¿Cuál es el lema de su escudo?

18- ¿Qué sabe usted de este obispo?

19- ¿Quién fue el cuarto obispo de Camagüey? ¿Cuál es el lema de su escudo?

20- ¿Qué sabe usted de este obispo?

21- ¿Cuántos obispos auxiliares ha habido en Camagüey?

22- ¿Quién fue el primer cardenal cubano? ¿Qué sabe usted de él?

23- ¿Cuáles otros obispos cubanos han nacido en la provincia y diócesis de Camagüey?

24- ¿Qué obispo de Camagüey tiene en su escudo la imagen de la Virgen de la Caridad?

25- ¿Quiénes han sido consagrados obispos en la ciudad de Camagüey y dónde?

26- ¿Qué Nuncio ha visitado su parroquia o comunidad y cuándo?

27- Cite un texto bíblico sobre el Episcopado.

28-  El 6 de enero de 1925 el Papa Pío XI dividió a Cuba en dos provincias eclesiásticas. ¿Cuáles son?

29- ¿De cuál de ellas quedó como sufragánea la diócesis de Camagüey?

30- ¿Cómo se llama el sacerdote de su parroquia o comunidad?

31- ¿Qué sabe usted de él?

32- Haga una oración de acción de gracias por él.

33- Describa monumentos o lápidas en honor de sacerdotes de nuestra diócesis.

34- Escriba las calles que llevan nombres de sacerdotes en nuestra diócesis.

35- Escriba de uno de estos sacerdotes.

36- ¿Quiénes son misioneros ad gentes en nuestra diócesis?

37- Dígales algo.

38- ¿Cuál es la Iglesia, fuera de la ciudad de Camagüey donde más sacerdotes se han ordenado?

39- ¿Cuál es el sacerdote de más años de ordenación en nuestra diócesis?

40- ¿Cuál es el sacerdote más joven en nuestra diócesis?

41- En su pueblo o parroquia algún sacerdote ha marcado la vida o ha hecho historia. Hable de él.

42- Cite un texto bíblico sobre el sacerdocio.

43- De los sacerdotes difuntos que usted conoció, ¿cuál le llamó más la atención? ¿por qué?

44- ¿Cuántas congregaciones religiosas femeninas, incluyendo los institutos seculares, hay en la diócesis de Camagüey?

45- Hable de una de ellas.

46- ¿Siente admiración por alguna monja que conoce? ¿Por qué?

47- Haga una oración de acción de gracias por las monjas.

48- ¿Quién fue el primer diácono permanente ordenado en Cuba?

49- ¿Quién lo ordenó?

50- ¿Dónde y en qué fecha significativa?

51- ¿Qué es el diaconado permanente?

52- ¿Cuántos diáconos hay en la diócesis de Camagüey?

53- Haga una oración por los diáconos.

54- Cite un texto bíblico sobre el diaconado.

55- En su comunidad, a lo largo de la historia, ha habido laicos que se han distinguido por su fe, esperanza y caridad. Escriba sus nombres.

56- Hable de uno de ellos.

57- ¿Quién es María Montejo Tan?

58- ¿Quién es Dolores Betancourt?

59- ¿Quién es Teodomira de la Torre?

60- ¿Quién es Fernando Rivero?

61- ¿Quién es Antonio Martínez?

62- Fecha de construcción de su iglesia o capilla. Personas que promovieron esta construcción. Fecha de inauguración.

63- ¿Qué son las comunidades sin templo o casas de oración? ¿Cuántas hay en su parroquia?

64- ¿Cuántos templos o capillas han sido ocupados por el gobierno y destinados a otros servicios en la actual diócesis de Camagüey? ¿Cuántos hay en su parroquia?

65- En el año 1961 la antigua provincia y diócesis de Camagüey se quedó sin sacerdotes. ¿Cómo recibían la comunión?

66- Fecha exacta de este suceso.

67- ¿Qué es el Seminario San Agustín?

68- ¿Quién es el Rector y el Vice-rector?

69- ¿Podemos decir que es un Seminario interdiocesano?

70- ¿Cuántos seminaristas tiene la diócesis de Camagüey?

71- Dígale a los seminaristas qué usted espera de ellos.

72- ¿Qué Iglesias de la diócesis de Camagüey tienen por patrona a la Virgen de la Caridad?

73- El 27 de febrero de 1945 un avión de la Materva chocó con una de las torres de nuestras iglesias. ¿Con cuál?

74- ¿Qué sabe usted de una hospedería en Camagüey para pernoctar y descansar en la peregrinación a El Cobre?

75- ¿Qué comunidades han ido a pie de Camagüey al Cobre?

76- ¿Qué comunidad ha ido en bicicleta al Cobre?

77- ¿Qué comunidades han ido a pie de la Bahía de Nipe al Cobre?

78- ¿Cómo usted piensa ir a El Cobre en este año jubilar 2012?

79- ¿Cuántas y cuáles iglesias tienen relojes en sus campanarios?

80- ¿Dónde estaba antes el actual reloj de La Catedral y quién lo donó?

81- Cuéntenos lo que usted sabe del paso de la Virgen peregrina y mambisa por su comunidad en el año 1951.

82- Cuéntenos lo que usted vivió al paso de la Virgen peregrina por su comunidad en el 2011.

83- ¿Cuántas escuelas religiosas había en la diócesis de Camagüey en el año 1960?

84- ¿Las escuelas religiosas eran caras o baratas? Explique.

85- ¿En cuál de estas escuelas había un Instituto Musical que podía expedir títulos?

86- ¿Cuántos y cuáles centros asistenciales tenía la Iglesia en 1961?

87- ¿Qué usted sabe del Padre Olallo?

88- ¿Cuántos beatos han vivido en la diócesis de Camagüey?

89- ¿Quién es la única persona que ha sido beatificada en Cuba?

90- Cuéntenos de la Beatificación.

91- ¿Cómo fue el milagro?

92- ¿Qué es el CEFID?

93- ¿Qué sabe usted del centro de formación Ramón Clapers?

94- ¿Cuándo fue fundado el Boletín Diocesano? ¿Qué usted piensa de él?

95- ¿Cuándo fue fundada la Revista Enfoque? ¿Qué usted piensa de ella?

96- ¿Cuándo se inauguró la Biblioteca Diocesana de Camagüey y en qué histórico lugar?

97- ¿Qué usted sabe del Hogar Padre Olallo?

98- ¿Qué es Cáritas?

99- ¿Qué texto bíblico leería usted a los camagüeyanos. Coméntelo.

100-                     Haga una oración por la diócesis de Camagüey.